Sus Derechos de Inquilino en Los Ángeles

La ley de California proporciona fuertes protecciones para arrendatarios. Conozca sus derechos y defienda su hogar.

Ordenanza de Estabilización de Renta de LA (RSO)

Si vive en un edificio controlado por renta en Los Ángeles, tiene protecciones adicionales más allá de la ley estatal. El RSO fue promulgado en 1979 para proteger a inquilinos de aumentos excesivos de renta y desalojos arbitrarios:

  • Aumentos de Renta Limitados - Aumentos anuales limitados al 3-8% dependiendo del IPC
  • Justa Causa Requerida - Los arrendadores no pueden desalojar sin una razón legal válida
  • Asistencia de Reubicación - Requerida para ciertos desalojos sin culpa de $8,700-$20,500
  • Registro Requerido - Las unidades deben estar registradas con el Departamento de Vivienda de LA
  • Divulgación de Oferta de Compra - Los inquilinos deben recibir divulgación antes de firmar acuerdos de compra
  • Protección de la Ley Ellis - Los inquilinos reciben aviso de 120 días más reubicación por remoción del mercado

Protecciones de Inquilinos de California

California proporciona algunas de las protecciones más fuertes para inquilinos en la nación mediante la ley estatal y ordenanzas locales:

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Derecho a Vivienda Habitable

Su arrendador debe mantener la propiedad en condición segura y habitable bajo el Código Civil de California 1941. Esto incluye plomería y calefacción funcionando, impermeabilización, control de plagas, y seguridad estructural. Puede retener renta si se viola la habitabilidad, pero contacte ayuda legal primero para seguir procedimientos apropiados.

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Protección Contra Cierres Ilegales

Es ILEGAL que su arrendador lo cierre afuera, cambie cerraduras, o corte servicios bajo el Código Civil 789.3. Solo un alguacil puede ejecutar un desalojo legal. Los cierres ilegales pueden resultar en $100 por día en daños más honorarios de abogado.

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Protección Contra Represalias

Los arrendadores no pueden desalojar o aumentar la renta en represalia por ejercer sus derechos legales bajo el Código Civil 1942.5. Las actividades protegidas incluyen: solicitar reparaciones, reportar violaciones de código, organizarse con otros inquilinos, y hacer valer sus derechos. Se presume represalia si ocurre dentro de 180 días de actividad protegida.

Protección Contra Discriminación

Los arrendadores no pueden discriminar basándose en raza, religión, sexo, discapacidad, estado familiar, origen nacional, fuente de ingreso, orientación sexual, identidad de género, o estado migratorio bajo la Ley de Vivienda Justa de California. La discriminación en vivienda puede resultar en daños significativos. Contacte ayuda legal si ha experimentado discriminación.

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Derechos de Depósito de Seguridad

California limita los depósitos de seguridad a 2 meses de renta (1 mes para sin muebles). Los arrendadores deben devolver depósitos dentro de 21 días con una declaración detallada bajo el Código Civil 1950.5. No cumplir puede resultar en multas de mala fe hasta 2x el monto del depósito más honorarios de abogado.

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Derecho a Notificación

Los arrendadores deben proporcionar notificación escrita apropiada antes del desalojo. El tipo depende de la razón: 3 días para no pago o violación curable, 30 días para arrendamientos bajo 1 año, 60 días para arrendamientos sobre 1 año, y 90 días para unidades subsidiadas por el gobierno. La notificación inadecuada puede derrotar un caso de desalojo.